¿CÓMO PROTEGER TU CASA DE UN EMBARGO ?

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La ley protege tu vivienda al no permitir que los acreedores se cobren las deudas con su venta.

Para que esta protección funcione, tenés que anotar tu casa en el Registro de la Propiedad Inmueble. Dicho trámite es gratuito, salvo que contrates a alguièn para que lo realice.

El propietario o al menos uno de los beneficiarios tienen que vivir en ella, (Codigo Civil y Comercial de la Nación  art. 247, Decreto reglamentario 2080/80 de la Ley de Registro de la propiedad inmueble, art. 154).

Pueden pedir la protección de la vivienda , el propietario de la vivienda, o el juez en caso de divorcio o cuando termina la convivencia si hay beneficiarios incapaces o con capacidad restringida. Por ejemplo, hijos menores de edad. (Código Civil y Comercial de la Nación, art. 245).

Los documentos  que debes presentar son todos aquellos  que permitan demostrar tu identidad, que sos propietario de la vivienda y el vínculo familiar entre vos y los beneficiarios,  que pueden ser, por ejemplo, tu cónyuge, tu pareja o tus hijos.

La protección funciona frente a deudas posteriores a la fecha en que inscribiste tu vivienda en el Registro de la Propiedad Inmueble. La vivienda no está protegida por las deudas que sean anteriores a la fecha de inscripción. (Código Civil y Comercial de la Nación, Arts. 244 y 249). Y no te cubre frente a deudas propias del inmueble, como por ejemplo: deudas por expensas; deudas por impuestos, tasas o contribuciones, deudas por construcción o mejoras en la vivienda, entre otros, (Código Civil y Comercial de la Nación, Art. 249).

A continuación te dejo el video, que hice en mi canal de YOYUBE, en donde traté este tema.

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Dra. Ivana E. Jordan

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